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Debido a la pandemia COVID-19 el gobierno de los Estados Unidos y México suspenderá las operaciones y procesos normales salvo aquellos que no estén involucrados en “viajes esenciales.”
Esta restricción al acceso no interrumpirá el comercio entre ambos países ni causará alternaciones a las cadenas de suministro que requieren estar en ambos lados de la frontera.
El viaje esencial incluye, sin limitación:
- Ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes;
- Para fines médicos;
- Para asistir a instituciones educativas;
- Para trabajar en Estados Unidos;
- Personas que viajen para atender emergencias relacionadas a la salud;
- Personas involucradas en el comercio entre fronteras;
- Personas que viajen por cuestiones diplomáticas o de manera oficial por parte del gobierno;
- Miembros de las Fuerzas Armadas de los Estados Unido y sus familias;
- Personas que viajen por cuestiones de operaciones militares.
Se les negará la entrada a los Estados Unidos a todas aquellas personas que deseen ingresar a por tierra con fines de turismo.
La restricción surtirá efectos del 20 de marzo de 2020 al 20 de abril de 2020, pero podría extenderse o eliminarse con anterioridad a esta fecha basándose en las circunstancias que rodean a la emergencia. Cabe mencionar que esta restricción NO será aplicable a aquellos que ingresen a los Estados Unidos por aire, ferrocarril, o por mar.
En virtud de lo anterior, es recomendable que los empleados que planeen ingresar a los Estados Unidos con fines de trabajo lleven consigo una carta por parte de la empresa con la finalidad de hacer más fácil su ingreso.