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El 08 de junio de 2023, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación la Norma Oficial Mexicana NOM-037-STPS-2023 Teletrabajo-Condiciones de Seguridad y Salud en el Trabajo (“NOM-037” o “Norma”). Como bien lo señala el título, este documento establece las obligaciones y requisitos respecto a las condiciones de seguridad y salud para aquellos trabajadores que laboren en modalidad de teletrabajo. En México un empleado se considera estar bajo una modalidad de teletrabajo cuando el trabajo se desarrolla utilizando tecnologías de la información y comunicación de forma remota más del 40% de la jornada de trabajo.
Dentro de las disposiciones más relevantes se encuentran:
(1) Los patrones deberán de establecer una Política de Teletrabajo por escrito que cumpla con ciertos requisitos de contenido. Dicha política debe, entre otros puntos:
- establecer mecanismos de comunicación para evitar el aislamiento de los teletrabajadores;
- establecer horarios de labores incluyendo el derecho a tiempos de descanso y desconexión;
- establecer mecanismos para que los teletrabajadores notifiquen cambios de domicilio.
(2) Los teletrabajadores deberán recibir capacitación sobre los riesgos relacionados con el trabajo, incluyendo riesgos ergonómicos y psicosociales, así como sobre condiciones de seguridad y salud.
(3) El patrón deberá contar con una lista de verificación inicial y periódicas sobre condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo que deberá ser utilizada con el fin de constatar que los lugares de trabajo de los teletrabajadores cumplen con las condiciones adecuadas de seguridad e higiene. La verificación podrá llevarse a cabo de dos distintas maneras, a elección del patrón:
- La Comisión Mixta de Seguridad e Higiene podrá realizar una visita física en el lugar de trabajo del empleado, previa su autorización; o
- El patrón podrá proporcionar al empleado la lista de verificación con el fin de que llene la lista y haga notar si se cumplen o no con las condiciones adecuadas de seguridad y salud, en cuyo caso se podrá solicitar al empleado comprobar dichas condiciones a distancia (por ejemplo, a través de video o fotografías).
(4) El patrón deberá proporcionar una silla ergonómica al teletrabajador, así como los insumos necesarios para el desempeño de sus funciones, como por ejemplo impresoras.
(5) El patrón debe establecer mecanismos de atención a casos de violencia familiar, incluyendo permitirle al empleado el retorno a modalidad de trabajo presencial.
La nueva Norma de igual forma establece ciertas obligaciones aplicables a los trabajadores, las cuales incluye cumplir con la Política de Teletrabajo, conservar sus herramientas de trabajo en buen estado, observar las disposiciones de seguridad y salud en el trabajo, cumplir las políticas y mecanismos de protección de datos e información, así como informar sobre cambios de domicilio, entre otros.
La NOM-037 entrará en vigor a los 180 días naturales después de la fecha de su publicación.