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El pasado 13 de octubre de 2016 se aprobó por unanimidad dentro del Senado de la República el proyecto de reforma por el que se modifican y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Justicia Laboral. Específicamente esta reforma se enfoca en la migración a procesos judiciales y la representación sindical. En caso de ser ratificada por la Cámara de Diputados y previa aprobación de las legislaturas de los Estados, nuevos Tribunales del Poder Judicial y organismos especializados serán responsables de resolver las controversias entre patrones y trabajadores y regular las relaciones entre sindicatos, incluyendo los contratos colectivos de trabajo, registro de organizaciones sindicales y representación sindical respectivamente.
Las reformas antes mencionadas pretenden la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, para formar los Juzgados y Tribunales Locales o Federales en materia laboral, que serán parte del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas, cuyas sentencias o resoluciones que podrán fin a los conflictos entre trabajadores y patrones, permanecerán con el carácter de Laudos.
Se propone una etapa conciliatoria previa que, consistirá en una sola audiencia obligatoria y estará a cargo de los Centros de Conciliación en el orden local, mientras en el orden federal, estará a cargo de un Organismo Descentralizado, quien también será responsable del registro de los contratos colectivos de trabajo y las organizaciones sindicales.
Sumado a lo anterior, la reforma pretende fortalecer los derechos de los trabajadores, garantizando el voto personal, secreto y libre de éstos en la elección de sus dirigentes, en la solicitud de celebración de un contrato colectivo y la resolución de conflictos entre sindicatos. Bajo este requisito cualquier sindicato que busque obtener el contrato colectivo de trabajo de un establecimiento, deberá demostrar a la autoridad laboral que cuenta con la representación de los trabajadores de dicho establecimiento.
La presente iniciativa de reforma a los artículos 107 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, propuesta por el presidente de la República el pasado mes de Abril, aún se someterá a discusión en la Cámara de Diputados y podrá sufrir modificaciones.
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