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Ley Silla: México establece disposiciones de seguridad laboral para los trabajadores que permanecen de pie durante periodos prolongados
El pasado 17 de julio de 2025 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación un acuerdo que establece disposiciones específicas para la prevención de riesgos laborales relacionados con los trabajadores que desempeñan sus funciones de pie de forma prolongada.
Estas disposiciones aplican empleados que desempeñan sus labores de pie en los sectores de servicios, comercio, y establecimientos industriales, en estos últimos cuando las condiciones de seguridad lo permiten, con el fin de proteger su salud y garantizar su derecho al descanso durante la jornada laboral.
Entre las medidas contempladas en el acuerdo se destacan:
- La obligación de las empresas de implementar pausas activas y descansos periódicos.
- La adopción de condiciones ergonómicas adecuadas en los centros de trabajo para reducir la fatiga y riesgos asociados.
- Mantener un registro del análisis de riesgos a los que se cada empleado dependiendo de las condiciones propias de su puesto se ve expuesto, para lo cual deberá apoyarse de un procedimiento de puntaje que determine el grado de riesgo (bajo, medio o alto)
- La necesidad de informar y capacitar a los empleados sobre los riesgos y medidas preventivas relacionadas con la bipedestación
Estas acciones buscan promover ambientes laborales seguros y saludables, conforme a lo previsto en la Ley Federal del Trabajo y los lineamientos internacionales en materia de salud ocupacional.
Derivado de lo anterior, es importante que las empresas verifiquen si el acuerdo les es aplicable y en caso de serlo adoptar las medidas necesarias para su debido cumplimento, en cuyo caso Littler está listo para apoyarlos.